Radica tu PQRDS

Petición (Derecho de Petición)

Derecho fundamental a presentar solicitudes y consultas respetuosas a las entidades (como solicitudes de información o documentos) por motivos de interés general o particular, y a recibir una respuesta oportuna. (Nota: Dejar explícito que equivale a los Derechos de Petición, en línea con el modelo de la SNS).

Queja contra funcionario de la EAPB, ESE o IPS

Manifestación de inconformidad o descontento por una conducta irregular, trato inadecuado o vulneración de derechos ocurrida durante la prestación del servicio.

Reclamo por barreras al acceso de los servicios de salud

Manifestación a través de la cual un usuario exterioriza su insatisfacción con la prestación de los servicios de salud por parte de un actor del sistema, o demanda el reconocimiento de su derecho fundamental a la salud con el fin de evitar un perjuicio irremediable.

Sugerencia

Propuesta o recomendación formulada por el usuario para el mejoramiento de nuestros servicios.

Denuncia

Una denuncia es una declaración formal acerca de la comisión de una conducta contraria a Derecho (generalmente la comisión de algún delito o infracciones administrativas) dirigida a la autoridad competente para su investigación.

Felicitaciones

Manifestación de satisfacción o reconocimiento hacia una persona, entidad, producto o servicio de la organización.

Solicitud de información (derecho de petición de información)

Es el mecanismo a través del cual cualquier ciudadano puede requerir a una entidad pública o privada acceso a datos, documentos o registros.

Derecho de Petición

Es un derecho fundamental consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, regulado por la Ley 1755 de 2015. Permite a cualquier persona presentar solicitudes respetuosas a autoridades o entidades privadas para requerir información, documentos o formular quejas y reclamos.

Recurso de apelación

Se utiliza cuando no está conforme con la respuesta a una PQR (Petición, Queja o Reclamo). Se presenta como "recurso de reposición y en subsidio de apelación" dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación

Recurso de reposición

Es un derecho que le permite solicitar a una empresa o entidad que revise, aclare o modifique una decisión con la que usted está en desacuerdo. Este recurso se presenta generalmente tras recibir una respuesta negativa a una PQR inicial.

Petición anónima

Las entidades públicas están obligadas a recibir peticiones, quejas, reclamos o denuncias anónimas. Aunque por regla general se requiere identificación, puedes radicar una solicitud sin revelar tus datos.

Sede administrativa
Línea local: +57 (604) 4601674
Línea nacional +57 01 8000 423 683
Centro Regulador (Exclusivamente para IPS)
+57 01 8000 423 683 Op.2
Calle 45 No. 55 - 65
Edificio Business Plaza, piso 13
Medellín Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación - Antioquia

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